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Enérgico rechazo a la grave vulneración de los derechos humanos de mujeres, niños, niñas y jóvenes

 

"Es urgente penalizar el feminicidio, ejecutar marco preventivo de Ley 1257 y reafirmar que Comisarías de Familia son operadores judiciales”: Secretario de Integración Social


Bogotá, noviembre 12 de 2013. El Secretario Distrital de Integración Social, Jorge Enrique Rojas, expresó su enérgico rechazo a la grave vulneración de los derechos humanos de mujeres, niños, niñas y jóvenes en hechos violentos que les ha costado la vida, como el reciente caso de asesinato de Jeny Losada, su hermana Camila Losada y de los niños Bryan y Mateo de 9 y 6 años de edad, atribuido a Hernando Hernández.

Las Comisarías de Familia asumen el conocimiento de hechos de violencia de género en el marco de la violencia intrafamiliar cuando las víctimas acuden a estos despachos en busca de ayuda. La Ley 1257 de 2008 establece la posibilidad de adoptar medidas de protección en favor de las víctimas y es de obligatoria competencia de estos despachos informarles sobre las leyes, procedimientos y derechos que les asisten y así iniciar las acciones tendientes a poner fin a las violencias y restablecer los derechos conculcados.

De acuerdo al informe emitido por la Comisaria de Familia de Bosa 1, la señora Jeny Losada (q.e.p.d) el día 14 de Marzo de 2013 acudió a este Despacho manifestando la existencia de un conflicto familiar con su cónyuge fundado en agresiones verbales y psicológicas. La Comisaría de Familia en cumplimiento de sus competencias informó a la señora sobre las acciones a seguir y ella solicitó atención por la vía de conflicto familiar. Por tal motivo se libró citación a las partes a la que no concurrieron en la fecha prevista para la diligencia respectiva.

Cabe anotar que el Instituto Nacional de Medicina Legal señala que Bogotá figura como una de las tres ciudades del país con más alto porcentaje de violencia intrafamiliar contra la pareja y contra niños, niñas y adolescentes, lo que representa una alerta para intervenir en forma inmediata y efectiva ante estos inaceptables hechos violentos al interior de las familias.

Frente al delito de homicidio la citada Ley 1257 de 2008 señala que la pena debe aumentarse de la tercera parte a la mitad por haberse cometido contra una mujer por el hecho de ser mujer. En este sentido es pertinente hablar de feminicidio en virtud de haberse ocasionado la muerte producto de las relaciones desiguales de poder entre el hombre y la mujer y en tal sentido debe ser penalizado con urgencia. Para el año 2012, las cifras de Medicina Legal indican que en Colombia fueron víctimas de feminicidio 1.146 mujeres, dejando como promedio 4 mujeres asesinadas diariamente.

Igualmente grave es la muerte de los niños Bryan y Mateo a manos de su padre que debe ser sancionada severamente por la Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) que contempla la agravación de la pena y la negación del otorgamiento de beneficios como el principio de oportunidad.

El Secretario Distrital de Integración Social requiere enfáticamente a las/los Comisarios de Familia de Bogotá que adopten medidas de protección oportunas y efectivas en todos los casos en que una mujer denuncie hechos violentos en su contra por parte de su pareja o ex pareja. "Atendiendo a las alarmantes cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal no es posible atender la problemática de la violencia al interior de las familias como simples conflictos familiares y mucho menos facilitar la conciliación ante estos hechos que están demostrando que terminan en la muerte injustificada de mujeres, niños, niñas y adolescentes. Como entidad distrital estamos en la obligación de proteger y garantizar la realización del derecho a la vida y a la integridad personal de ciudadanas/os”, aseguró Rojas.

 

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